¿ Valió la pena?
Luego de la dolorosa y ejemplar lucha de los jubilados del IESS, sòlo nos está quedando un amargo recuerdo y una ley dictada bajo mucha presión. Ahora nos preguntamos, en un ambiente donde se habla de constitucionalidad y legalidad, si lo expedido se ajusta al artículo 256 de la Constitución Polìtica del Ecuador. Repasemos ese artículo y contestémonos nosotros mismos:
“El régimen tributario se regulará por los principios básicos de igualdad, proporcionalidad y generalidad. Los tributos, además de ser medios para la obtención de recursos presupuestarios, servirán como instrumento de política económica general.
Las leyes tributarias estimularán la inversión, la reinversión, el ahorro y su empleo para el desarrollo nacional. Procurarán una justa distribución de las rentas y de la riqueza entre todos los habitantes del país.”
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“El régimen tributario se regulará por los principios básicos de igualdad, proporcionalidad y generalidad. Los tributos, además de ser medios para la obtención de recursos presupuestarios, servirán como instrumento de política económica general.
Las leyes tributarias estimularán la inversión, la reinversión, el ahorro y su empleo para el desarrollo nacional. Procurarán una justa distribución de las rentas y de la riqueza entre todos los habitantes del país.”
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