Opinión Día a Día (Información desde Nov 23/04)

miércoles, julio 14, 2004

¿Competitividad con impuestos?

En el registro oficial 377 de julio 14/04 (ayer), se publicó la resolución PYP-2004-06 de la Superintendencia de Compañías en la que, en su artículo primero se dispone que la contribución que las empresas deben pagar a esa institución es del 1 por mil, calculada sobre el total de los activos. Textualmente, dice:

"Artículo primero.- La contribución para el año 2004, que las compañías y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías deben pagar a ésta, será: el valor correspondiente al uno por mil de sus activos reales, de conformidad con lo que establece el inciso tercero del artículo 449 de la Ley de Compañías"

Pero el artículo 449 de la Ley de Compañìas dispone que dicha contribución anual no excederá del uno por mil de sus activos reales.

¿Por qué tiene que ser el 1 por mil siempre?

Este procedimiento y política de cobro por parte de la Superintendencia, viene de mucho tiempo atrás (antes y después de la dolarización).

Por aquí debemos empezar. Esta Institución debe ajustar sus gastos y contribuir con los costos y competitividad de las empresas.